Si resides en el extranjero y deseas regresar a vivir a El Salvador, esta información es para ti; ahora con la Ley Especial Transitoria de Incentivos y Tratos Preferenciales Destinados al Favorecimiento de la Repatriación de Salvadoreños, puedes retornar a tu país obteniendo el beneficio de exoneración de pago de impuestos para la introducción de tus bienes a El Salvador siempre y cuando no exceda la cantidad de $70,000.00, Infórmate más sobre la Ley Transitoria ingresando (Aquí).
Para que puedas iniciar este trámite, debes suscribir presencialmente una declaración jurada ante un funcionario de la Dirección General de Migración y Extranjería, institución facultada para el registro de la dirección de las personas que establecerán su domicilio en el país, cumpliendo con las disposiciones contempladas en dicha Ley.
Estos son los requisitos que debes cumplir:
La Dirección General de Migración y Extranjería te entregará una fotocopia confrontada de la declaración jurada de domicilio permanente en El Salvador, la cual te servirá para realizar los trámites aduanales ante las instancias correspondientes.
Ten en cuenta que si cambias de domicilio durante la vigencia de la Ley, tendrás 3 días calendario para notificar a Migración tu nuevo lugar de residencia dentro de El Salvador, este cambio lo deberás informar en cualquiera de nuestras sucursales o en las diferentes fronteras habilitas del país, suscribiendo una nueva declaración jurada, la cual contendrá las modificaciones necesarias.
Es importante que tengas presente que dichos trámites son gratuitos, pero si extravías la declaración jurada de suscripción de domicilio o su modificación, deberás acercarte a una frontera o sucursal de Migración para la certificación de dicho documento, cancelando el monto correspondiente.
Recuerda que con Migración y Extranjería únicamente iniciarás el proceso de retorno al país presentando tu declaración jurada, para completar el trámite deberás realizarlo con la institución pertinente.